A- de 2014
Ponente Luis Ernesto Vargas Silva
✓Demandante Sin Información·Demandado Sin Información
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Establecimiento de criterios técnicos para presentar informe requerido en auto A.088/14
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Con el presente auto se establecen criterios técnicos para que las diferentes entidades, autoridades gubernamentales y órganos de control, presenten el informe de que trata el numeral segundo de la parte resolutiva del A088/14.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- Primero. Solicitar a la Superintendencia Financiera de Colombia, al Ministerio de Salud y Protección Social, al Ministerio del Trabajo, al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, a la Defensoría del Pueblo, a la Procuraduría General de la Nación y a la Contraloría General de la República, que al presentar el informe de que trata el numeral
- segundo. de la parte resolutiva del Auto 088 de 2014, sigan las pautas trazadas en el fundamento
- tercero. de la parte motiva de esta providencia.
- Segundo. Ordenar al Instituto de Seguros Sociales en liquidación y a la Administradora Colombiana de Pensiones Colpensiones, que el día 23 de mayo de 2014 presenten informe especial ante la Sala Novena de Revisión en los términos dispuestos en los fundamentos 4 y 5 de la parte motiva de esta providencia.
- Tercero. Solicitar a la Defensoría del Pueblo, a la Procuraduría General de la Nación y a la Contraloría General de la República, que en los tres días siguientes a la comunicación de esta providencia remitan a la Superintendencia Financiera de Colombia, al Ministerio de Salud y Protección Social, al Ministerio del Trabajo y al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, copia de los informes que han entregado a la Corte Constitucional en el proceso de la referencia.
- Cuarto. Remitir copia de esta providencia al Ministerio de Justicia y del Derecho, a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado y a la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, para los fines previstos en el numeral 7 de la parte motiva de esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.